Almanacco liturgico Il Santo del giorno Il Vangelo di oggi Agenda dell'Arcivescovo

A) Para certificados de bautismo válidos para la realización de actos sacramentales, diríjase a la parroquia (u otra entidad eclesiástica) responsable del lugar donde se confirió el bautismo y, en cuanto a su eventual visado, al Servicio para la disciplina de los sacramentos (sacramenti@diocesi.milano.it; t. 02/8556230). Cuando sea necesario, el mismo Servicio solicitará el visado de la Cancillería Arzobispal.

B) Para las actas de bautismo, incluso de carácter histórico, requeridas por su valor civil en relación con la solicitud de ciudadanía o interés en la investigación genealógica, favor de dirigirse a los siguientes sujetos:
a) la parroquia (u otra entidad eclesial) competente para el lugar donde se confirió el sacramento;

b) para documentos antiguos (especialmente cuando la parroquia de competencia es incierta), también se puede contactar con el archivo histórico diocesano (archivio@diocesi.milano.it);

c) sólo en el caso de documentos antiguos (siglo XIX o anteriores), además del certificado debidamente entendido, también se puede solicitar a la parroquia una fotocopia del registro de bautismo, que se refiere únicamente a los datos del propio antepasado: para tener valor legal, el documento debe acompañarse de las palabras “copia certificada del original conservado en el archivo de la parroquia de…”, con firma autógrafa de quien le pertenezca (el párroco u otro párroco), sello parroquial e indicación de lugar y fecha de la firma;

d) los documentos son emitidos por los sujetos antes mencionados sin tasa administrativa alguna, pero se puede solicitar una compensación económica para cubrir los gastos relacionados con su producción y eventual envío.
 

La Cancillería no dispone de datos relativos a las actas de bautismo y no actúa como punto intermediario, ni como centro de información con respecto a la relación entre los solicitantes y los sujetos competentes para la obtención de las mismas, como se mencionó anteriormente.

C) Para los certificados a que se refiere la letra B, una vez obtenidos los documentos requeridos, se podrá acudir a la Cancillería Arzobispal para legalizarlos, según alguna de las siguientes posibilidades:

a) Acudiendo a la Cancillería Arzobispal: debido a las normas vigentes para el acceso a la Curia Arzobispal, es necesario concertar una cita con la Cancillería, acordando día y hora (cancelleria@diocesi.milano.it; t. 02/8556.221/314), especificando el nombre de quien se presentará y el título de competencia (un representante de la parroquia, el interesado o su representante), entregando el original del documento (que no debe tener una antigüedad mayor a seis meses ). El endoso se emite de forma inmediata, una vez finalizados los trámites para su producción. La compensación económica está prevista en la cantidad de 5 € por cada endoso realizado.

b) Mediante el envío del documento por correo ordinario, correo certificado o mensajería (las copias no pueden ser autenticadas, por lo que no es posible utilizar el correo electrónico): una vez recibido el documento (que tiene que ser enviado a: Cancelleria Arcivescovile; Piazza Fontana, 2 ; 20122 Milano MI; Italia), si en original y reciente (no más de seis meses) será sellado y enviado de vuelta por correo ordinario. La compensación económica está prevista en la cantidad de 5 euros por cada endoso realizado, a los que se suman los gastos de envío (también se podrá poner a disposición el sobre franqueado para el envío posterior). Para el pago, salvo disposición en contrario, el código IBAN de la transferencia será indicado por la Cancillería. Los documentos de las parroquias se les devuelven a las mismas (y no al solicitante original), a menos que también se envíe un sobre prepago para enviar a otro lugar.
La Cancillería no es responsable por tiempos, ineficiencias o por entregas omitidas atribuibles al servicio postal.

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